Decreto235-1970·1970

Exportaciones. Industria lactea. Fondo de Compensación. Modificación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de mayo de 1970

Fecha de publicación

27 de mayo de 1970

Texto

Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 40/970 estableciendo que los aportes al Fondo de Compensación para la Industria Lechera será obligatorio únicamente para las empresas pasterizadoras exportadoras de manteca y/o grasa butirométrica deshidratada y declárase que tendrán el beneficio del Fondo de Compensación para la Industria Lechera las empresas que hayan realizado los aportes.