A partir del 1.o de enero de 1976. las asignaciones del Presupuesto Operativo de la Caja Nacional de Ahorro Postal quedan fijadas en N$ 7:448.047 (siete millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuarenta y siete nuevos pesos) distribuidas de la siguiente forma:
Rubro Denominación Importe
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N$
0 Retribuciones Servicios Personales........ 3:673.564
1 Servicios no Personales................... 996.865
2 Materiales y Artículos de Consumo......... 205.030
6 Cargas Legales y Prestaciones Sociales.... 2:170.708
8 Desembolsos financieros................... 120.600
9 Asignaciones Globales..................... 281.300
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Total 7:448.047
El rubro "0" Retribución Servicios Personales contiene el aumento del 20 % otorgado por el decreto 431/976 de 9 de julio de 1976.
El rubro "1" Servicios no Personales incluye la cantidad de N$ 310.000 para pago de sueldo y cargas sociales correspondientes al personal en comisión proveniente de los bancos intervenidos.
La Caja Nacional de Ahorro Postal dispondrá la distribución de las partidas del Presupuesto Operativo de acuerdo a la apertura programática y a nivel de rubros y renglones de acuerdo a lo establecido en el decreto 452/967 de 25 de julio de 1967, comunicándolo a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y al Tribunal de Cuentas de la República en un plazo de 60 días a partir de la publicación de este decreto.
Mantendrán su vigencia para 1976 las normas de ejecución presupuestal establecidas por decreto 192/975 de 7 de marzo de 1975 y modificativas, salvo las que rigieron específicamente para ejecicios anteriores al presente.
El Ente podrá disponer de las economías que se originen por vacantes que se produzcan durante el ejercicio 1976. en hasta un 50 %; a fin de determinar el importe a deducir de la asignación del rubro de Retribuciones Personales, las vacantes se costearán al último grado del escalafón correspondiente.
A partir del 1.o de enero de 1976 las asignaciones presupuestales del Plan de Inversiones de la Caja Nacional de Ahorro Postal quedan fijadas en nuevos pesos 61.671 (sesenta y un mil seiscientos setenta y un nuevos pesos) distribuidos de la siguiente forma.
Rubro Denominación N$ N$ N$
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3 Maquinaria, equipo y
mobiliario.............. 4.500
32 Equipo de Oficina....... 2.000
328 Equipo contra
incendio................ 2.000
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36 Equipo comunicaciones... 2.500
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367 Equipo amplificación... 2.500
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5 Construc. Adic. mejoras
y Rep. Extr. ........... 54.234
52 Edificaciones........... 54.234
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522 Edificio para oficinas.. 24.234
529 Otros edificios......... 30.000
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9 Asignaciones Globales... 2.937 2.937
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TOTAL:... 61.671
Las asignaciones globales establecidas en el artículo precedente son autorizadas en base a obras y u o proyectos presentados por el Ente.
Las asignaciones presupuestales de inversiones autorizadas para un determinado proyecto u obra, solo tiene vigencia respecto de los mismos y en tanto la obra o proyecto respectivo se ejecute. Cumplido el mismo, pierde toda vigencia.
Toda modificación o transposición de rubros correspondientes a Inversiones deberá contar con la opinión favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión previa justificación de las Causas de las mismas.
Déjase sin efecto toda asignación correspondiente a planes de inversiones anteriores a los que se autorizan por el artículo 5.o de este decreto.
Artículo 10 — Artículo 10
De acuerdo al sistema de información que establezca la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, para evaluar la gestión de la Caja Nacional de Ahorro Postal ésta deberá remitir a aquélla los estados analíticos de ejecución presupuestal con la frecuencia que aquel sistema detemine.
Artículo 11 — Artículo 11
Comuníquese, publíquese, etc.