Decreto241-1982·1982

Vitivinicultura

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de julio de 1982

Fecha de publicación

23 de julio de 1982

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Los vinos comunes, correspondientes a la cosecha 1982, podrán circular y ser comercializados, a partir del 1º de julio de 1982, hasta tanto entre en vigencia el decreto que apruebe disposiciones sobre tipificaciones definitivas para los mismos siempre que correspondan en sus características sensoriales (sabor aroma, color), a las que correspondan a cada tipo o clase de vino de acuerdo a las universalmente admitidas y, además, se adecuen a los valores mínimos del extracto seco reducido y de la graduación alcohólica establecidos en las tipificaciones fijadas en el artículo 1º del decreto 502/981, de 30 de setiembre de 1981.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a la Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca a declarar naturales los vinos de cosecha 1982 que no se ajustaren al mínimo de extracto seco reducido que deban poseer de acuerdo al decreto 502/981, de 30 de setiembre de 1981. Para ejercer dicha facultad, la Dirección de Contralor Legal deberá contar con la opinión favorable de la comisión Enotécnica Asesora, sin que dicha opinión deba ser acogida preceptivamente. Las disidencias que se planteen con las determinaciones sobre las características organolépticas de los vinos de la cosecha 1982, serán sometidas a la consideración de la Comisión Enotécnica asesora, la que aconsejará a la Dirección de Contralor Legal sobre la resolución que ésta pueda adoptar al respecto.

Artículo 3Artículo 3

Prorrógase por el presente año, hasta el 30 de junio de 1982, el plazo máximo para la circulación y entrega, en destilería, de las borras líquidas sin destilar, provenientes de los vinos cosecha 1982, a que se refiere el artículo 18 del decreto 192/967, de 16 de marzo de 1967.

Artículo 4Artículo 4

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en 2 (dos) diarios de la capital.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

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