Artículo 1 — Artículo 1
Exclúyese de lo dispuesto por el artículo 2° del decreto 671/980, de 23 de diciembre de 1980 al Programa 01 del Inciso 15 (Administración Central) del Ministerio de Justicia. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
9 de junio de 1981
Fecha de publicación
24 de junio de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Exclúyese de lo dispuesto por el artículo 2° del decreto 671/980, de 23 de diciembre de 1980 al Programa 01 del Inciso 15 (Administración Central) del Ministerio de Justicia. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Las calificaciones del personal integrante del Programa a que se refiere el artículo anterior se regularán por lo dispuesto en el decreto 63/979, de fecha 31 de enero de 1979.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, archívese. -