DecretoNº 25-1968·1968
Automóviles. Admisión temporaria. Ciudades fronterizas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
11 de enero de 1968
Fecha de publicación
17 de enero de 1968
Texto
Reglaméntase la Ley N° 13.637 artículo 242 en lo referente al impuesto a la admisión temporaria de automóviles que será percibido por la Receptoría ante la cual conste el amparo al cruce libre de ciudades fronterizas. Establécese un nuevo registro para los vehículos que circulen al amparo del Decreto de fecha 11 de julio de 1921 y modificativos.