Decreto253-1984·1984

Aprobación del PLAN de inversiones públicas de OSE y ANTEL. Ejercicio 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de junio de 1984

Fecha de publicación

29 de junio de 1984

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Plan de Inversiones de los Incisos 65 "Administración Nacional de Telecomunicaciones" y 66" Administración de las Obras Sanitarias del Estado" para 1984 y años siguientes con la apertura a nivel de proyectos, fuentes de financiamiento, rubros y gastos en moneda extranjera que se detallan en los cuadros 1, 2 y 3 del Anexo<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte de este decreto.

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Telecomunicaciones podrá ejecutar en 1984 hasta un 95 % del monto total de inversiones establecido en los cuadros del anexo referido en el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Telecomunicaciones podrá comprometer en 1984 inversiones a ejecutar en futuros ejercicios, si el monto máximo que se prevé ejecutar en cada uno de esos años no supera el monto máximo autorizado a ejecutar en el presente ejercicio.

Artículo 4Artículo 4

Las asignaciones presupuestales que se aprueban por este decreto se regirán por las normas y definiciones establecidas por el decreto 84/984, del 1º de marzo de 1984, salvo lo establecido en el artículo siguiente.

Artículo 5Artículo 5

Las partidas asignadas a los rubros 0 "Retribuciones básicas de cargos permanentes" y 1 "Cargas Legales sobre servicios personales" del Clasificador por objeto del gasto público aprobado por decreto 499/982, del 30 de diciembre de 1982, o las correspondientes a los rubros 0 y 6 del clasificador por objeto del gasto público aprobado por decreto 317/967, del 13 de junio de 1967 y modificativos, están calculados a precios corrientes de 1984.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.