Decreto255-1977·1977

Acumulación de reintegros que beneficien a los tejidos de lana

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de mayo de 1977

Fecha de publicación

24 de mayo de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los reintegros que beneficien a los tejidos de lana, podrán acumularse a los que corresponde para los exportadores de vestimenta de lana confeccionada con los mismos. Dicha acumulación se aplicará exclusivamente sobre el valor de los tejidos de lana utilizados en la fabricación de la vestimenta.

Artículo 2Artículo 2

Para determinar la proporción del reintegro acumulado, los empresarios exportadores de vestimenta de lana presentarán Declaración Jurada de Costos, ante la Comisión Asesora de Reintegros, en la cual conste, la incidencia del componente tejido de lana.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.