Decreto258-1980·1980

Fijación de UR, Cra. Abril 1980. Mayo 1980

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de abril de 1980

Fecha de publicación

13 de mayo de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de abril de 1980, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219, de julio de 1974 y modificativas en N$ 73.73 (setenta y tres nuevos pesos con 73/100.

Artículo 2Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizaran en el mes de mayo de 1980,se efectuará multiplicando el último alquiler por el índice 1.6876.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc