DecretoNº 262-1964·1964
Compensación de adeudos. Acreedores del Estado
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de julio de 1964
Fecha de publicación
11 de agosto de 1964
Texto
Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 13.123 de 4 de abril de 1963, que autorizó al Poder Ejecutivo a establecer un régimen por el cual los contribuyentes que a la vez sean acreedores de la Administración Central por créditos liquidados, vencidos y documentados, en condiciones de cobro inmediato, puedan compensar sus impuestos nacionales, intereses, recargos y multas con dichos créditos. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a emitir cheques internos de compensación a nombre de los acreedores del Estado.