Decreto262-1964·1964

Compensación de adeudos. Acreedores del Estado

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23 de julio de 1964

Fecha de publicación

11 de agosto de 1964

Texto

Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 13.123 de 4 de abril de 1963, que autorizó al Poder Ejecutivo a establecer un régimen por el cual los contribuyentes que a la vez sean acreedores de la Administración Central por créditos liquidados, vencidos y documentados, en condiciones de cobro inmediato, puedan compensar sus impuestos nacionales, intereses, recargos y multas con dichos créditos. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a emitir cheques internos de compensación a nombre de los acreedores del Estado.