Decreto262-1967·1967

Declaración jurada de existencias. Alfalfa

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de abril de 1967

Fecha de publicación

5 de mayo de 1967

Texto

Dispónese que todo tenedor de alfalfa o mezcla, deberá efectuar declaración de existencias ante el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.