DecretoNº 263-1965·1965
Administración Central. Entes Autónomos. Servicios Descentralizados. Viajes Oficiales
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
17 de junio de 1965
Fecha de publicación
9 de julio de 1965
Texto
Dispónese que no se realizarán viajes oficiales al exterior con cargo a fondos del Estado por representantes de la Administración Centralizada, Autónoma o Descentralizada, con excepción de los que fueran previa y expresamente autorizados por el Poder Ejecutivo.