Decreto263-1977·1977

Convocatoria a elecciones de afiliados de la sociedad de Socorros mutuos italo Uruguaya

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de mayo de 1977

Fecha de publicación

26 de mayo de 1977

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Convócase a los afiliados de la Sociedad de Socorros Mútuos Italo Uruguaya que tengan derecho a voto según el Estatuto que rige la misma, al acto electoral que deberá realizar en un plazo no superior a 120 (ciento veinte) días a partir de la fecha, en el local, a fin de elegir al Consejo Directivo y la Comisión Fiscal.

Artículo 2Artículo 2

A los efectos mencionados en el artículo anterior no podrán integrar listas de candidatos las personas que actuaban en la Comisión Directiva y Comisión Fiscal anteriores, a excepción del Dr. Mariano Sicardi, así como tampoco lo podrán hacer las personas que ocupaban los cargos de Gerente, Tesorero, Contador y Encargado de la oficina de Emisión de Recibos y Contralor de Cuentas Corrientes, en la fecha en que se dispuso la intervención por parte del Poder Ejecutivo.

Artículo 3Artículo 3

Cométase a la Corte Electoral la organización y control del acto electoral. No se admitirá la inscripción de ninguna lista para participar en el acto eleccionario, si previamente no ha sido aprobada por el Ministerio del Interior. (*)

Artículo 4Artículo 4

La intervención dispuesta oportunamente, cesará con el acto de toma de posesión de sus cargos por parte de las personas que resultaren electas para integrar los respectivos órganos sociales.

Artículo 5Artículo 5

Las nuevas autoridades adoptarán las medidas disciplinarias que estimen convenientes respecto a las personas que ocupaban la Gerencia y la Oficina Encargada de la Emisión de Recibos y Contralor de Cuentas Corrientes, de acuerdo con las resultancias de autos.

Artículo 6Artículo 6

Dese cuenta al Consejo de Estado, comuníquese, etc. -