Decreto265-1982·1982

Actualización del valor real de inmuebles a los efectos de la liquidación de la contribucion inmobiliaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de julio de 1982

Fecha de publicación

4 de agosto de 1982

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Se autoriza a las Administraciones Municipales a proceder a la aplicación de los coeficientes de actualización del valor real de la propiedad inmueble rural fijado por el decreto 160/982, de 8 de mayo de 1982 para la liquidación de la Contribución Inmobiliaria Rural, correspondiente al Ejercicio 1982.

Artículo 2Artículo 2

Se autoriza a las Administraciones Municipales a proceder a la aplicación de los coeficientes del citado decreto relativos a la propiedad urbana y suburbana para la liquidación de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana correspondiente al Ejercicio 1982. (*)

Artículo 3Artículo 3

Lo dispuesto en el numeral anterior rige sólo para aquellas Administraciones Municipales cuyas normas y ordenanzas dispongan que la base de imposición de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana es el valor real de la propiedad inmueble urbana y suburbana determinado por la Dirección General de Catastro Nacional. (*)

Artículo 4Artículo 4

La autorización dispuesta en el numeral 2 alcanza a aquellos otros tributos departamentales que tengan el mismo monto imponible que la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana, pero con la condición limitante dispuesta por el numeral anterior.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.