Decreto268-1979·1979

Ampliación del decreto 186/979 referente a la reglamentación técnica de griferia para uso domestico

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de mayo de 1979

Fecha de publicación

7 de junio de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase el decreto 186/979, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 28 de marzo de 1979, en el sentido de establecer que serán aceptadas las especificaciones técnicas que rijan para la importación en el país de destino, cuando rijan tales especificaciones, las que exija, expresa y documentadamente, el comprador al que se exporta la mercadería objeto del precitado decreto. En este último caso, el Laboratorio Tecnológico del Uruguay extenderá un certificado indicando que la mercadería se ajusta a las condiciones expresamente convenidas entre las partes. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto por el artículo anterior tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha del presente decreto, quedando luego sujeto a revisión.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), para su archivo.