Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas a efectuar la transformación de 3 cargos de Sargentos, en 3 cargos de Cabos de 1.a y 1 cargo de Cabo de 2.a.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de abril de 1975
Fecha de publicación
18 de abril de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas a efectuar la transformación de 3 cargos de Sargentos, en 3 cargos de Cabos de 1.a y 1 cargo de Cabo de 2.a.
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Servicio de Vivienda de las Fuerzas Armadas y a la Contaduría General de la Nación.