Decreto27-1976·1976

Modificación de la inclusión del producto denominado "jerezano" establecida en el decreto 966/975

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de enero de 1976

Fecha de publicación

28 de enero de 1976

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyese dentro del "Numeral 1)" a que se refiere el artículo 43º del decreto 966/975 del 18 de diciembre de 1975 al producto denominado "Jerezano", con un precio ficto de venta de N$ 3,10 a la tasa del 13% y el impuesto de N$ 0,403. Elimínese el referido producto de los bienes contenidos en el "Numeral 4)" de la disposición arriba citada.

Artículo 2Artículo 2

Sin texto disponible en la fuente.

Artículo 3Artículo 3

El presente decreto tendrá vigencia desde el 1º de enero de 1976.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.