Artículo 1 — Artículo 1
Déjase sin efecto el decreto 437/979, de 1º de agosto de 1979, que creó una Comisión Multisectorial con el cometido de orientar y ejecutar, por intermedio de la autoridad competente, todas las medidas en vigencia y las que se adopten, para impedir la entrada de la Peste Porcina Africana.