DecretoNº 272-1970·1970
Vitivinicultura. Prohibición
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
11 de junio de 1970
Fecha de publicación
17 de junio de 1970
Texto
Prorrógase el plazo establecido en los artículos 18 y 19 del Decreto Nº 192/967, en relación a la prohibición de circulación y prensado de borras. Determínase que los elaboradores de vino deberán declarar hasta el 26 de junio de 1970 la cantidad de borras obtenidas.
Normas sobre el mismo tema
- Ley 20518Denonimacion de Escuela Pública Nº 138. Río Branco. Departamento de Cerro Largo
- Ley 20473Denominacion de Escuela Pública N° 129. Toledo. Canelones
- Ley 20474Denominacion de Escuela Pública N° 14. Colonia OFIR. Río Negro
- Ley 20471Autorización de la salida del país del Velero Escuela ROU 20 "Capitán Miranda", de la plana mayor, tripulación y guardia Marina para la realización del "xxxvi viaje de instruccion", entre el 27 de marzo y el 23 de setiembre de 2026
- Ley 20467Denominacion de Liceo Público de la Localidad de Migues. Canelones
- Ley 20472Denominacion de Escuela N° 30 de Laureles. Salto