Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el texto de la Ordenanza que establece la Tasa por concepto de Servicio de Contralor Bromatológico a regir en el ejercicio 1980.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
14 de mayo de 1980
Fecha de publicación
2 de julio de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el texto de la Ordenanza que establece la Tasa por concepto de Servicio de Contralor Bromatológico a regir en el ejercicio 1980.
Artículo 2 — Artículo 2
Cada vez que se ajusta la Tasa Bromatológica se debe cumplir con lo establecido en el artículo 5 inciso b) del decreto constitucional 3/976 del 1º de setiembre de 1976.
Artículo 3 — Artículo 3
Al formularse la próxima modificación presupuestal, deberá incluirse el cálculo del producto estimado.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.