DecretoNº 276-1966·1966
Bienes de activo fijo. Avalúo de inmuebles
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
9 de junio de 1966
Fecha de publicación
16 de junio de 1966
Texto
Fíjanse nuevos coeficientes de revaluación para los bienes inmuebles dados o destinados a arrendamiento, en sustitución de lo establecido en los artículos 14 y 15 del Decreto Nº 211/966 de 5 de mayo de 1966. Establécese que el Impuesto a la Renta de las Sociedades de Capital, será abonado dentro de los cinco meses de terminado el ejercicio.