Decreto276-1978·1978

Determinación que la Dirección Nacional de Información e Inteligencia dependerá del Ministerio del Interior

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23 de mayo de 1978

Fecha de publicación

30 de mayo de 1978

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

La Dirección Nacional de Información e Inteligencia, funcionará como servicio nacional, dependiendo en forma directa del Ministerio del Interior, debiendo cesar a partir del presente, su permanencia en la órbita de la Jefatura de Policía de Montevideo.

Artículo 2Artículo 2

El personal que a la fecha presta servicios "en comisión" en la citada Dirección Nacional, continuará afectado a ella en idéntica situación; y las bajas que se produzcan en el futuro, se cubrirán con personal de la Jefatura de Policía de Montevideo y demás dependencias policiales siempre "en comisión".

Artículo 3Artículo 3

La totalidad de los bienes muebles actualmente destinados al servicio de la mencionada Dirección Nacional, incluidos los vehículos, quedan incorporados a su patrimonio, debiendo practicarse el inventario respectivo y posteriormente darse de baja a aquellos que hubieren pertenecido a otras dependencias en el inventario de éstas.

Artículo 4Artículo 4

La Jefatura de Policía de Montevideo, continuará prestando apoyo a la Dirección Nacional de Información e Inteligencia en los siguientes aspectos: 1) Mesa de Compras; 2) Contabilidad; 3) Sección Personal; 4) Tesorería; 5) Imprenta; 6) Asistencia Social; 7) Juntas Calificadoras; 8) Locales para cumplimiento de sanciones; 9) Entrenamiento de personal en la Escuela Departamental de Policía; 10) Comunicaciones (teléfonos y radio); 11) Mantenimiento de la flota automotriz, así como suministro de los combustibles y lubricantes necesarios para ésta. Además continuará prestando el apoyo actual en todos los aspectos administrativos, técnicos y contables.

Artículo 5Artículo 5

La Dirección Nacional de Información e Inteligencia, mantendrá el uso del 4º piso de la Cárcel de la Jefatura de Policía de Montevideo.

Artículo 6Artículo 6

La Dirección Nacional de Información e Inteligencia, podrá acordar con la Jefatura de Policía de Montevideo y con las demás dependencias policiales transferencias de personal. El enlace con la Jefatura de Policía de Montevideo, se hará a través del señor Jefe de ésta.

Artículo 7Artículo 7

Publíquese, etc.