Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Cruz Roja Uruguaya a proceder a la exportación de mercaderías a la República de Honduras, destinadas a brindar ayuda material con motivo de la desvastación sufrida a consecuencia del Huración "Fifi".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
9 de enero de 1975
Fecha de publicación
17 de enero de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Cruz Roja Uruguaya a proceder a la exportación de mercaderías a la República de Honduras, destinadas a brindar ayuda material con motivo de la desvastación sufrida a consecuencia del Huración "Fifi".
Artículo 2 — Artículo 2
La operación autorizada por el artículo 1.o estará exenta de proventos y gastos portuarios, comisiones y proventos bancarios, derechos y tributos aduaneros y demás gravámenes a las exportaciones, originadas por su autorización despacho y posterior embarque.
Artículo 3 — Artículo 3
Ratifícase la resolución del Banco Central del Uruguay del 22 de noviembre de 1974 por la que se autorizó la referida exportación sin operación cambiaria.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.