Decreto28-1981·1981

Modificación a la reglamentación de la ley Orgánica militar

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de enero de 1981

Fecha de publicación

5 de febrero de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el decreto 12.822 de diciembre de 1948 en su parte R. XXXII - Cualidades de Aptitud Física -, el que quedará redactado de la siguiente manera: "R) XXXII... Cualidades de Aptitud Física: a) Partes de enfermo y excusaciones del servicio; b) Deportes propios del arma y generales. Entrenamiento; c) Resistencia y agilidad en los trabajos; d) Actividad; e) Mantenimiento de buen físico. - El Oficial que no ha dado parte de enfermo o faltado a su servicio aún cuando parezca delicado de salud, será tenido en buen concepto por el Jefe Calificador. - Los deportes propios del arma, son aquellos que comprenden hípicas, tiro, esgrima y natación y son obligatorios para todos los Oficiales y se exigirán plenamente hasta el grado de Capitán inclusive, a los que se les exigirá estar entrenados para que puedan desenvolver sus actividades sin cansancio, dando el ejemplo al personal que comanden. - La resistencia y agilidad se comprobará en los servicios de guarnición en campaña, en las instrucciones diarias, en las maniobras, viajes de instrucciones, marchas a pie y a caballo en las distintas estaciones del año. - La actividad es la facultad de obrar serenamente, manifestándose en la atención continua, diligente y eficaz con que se atienden las diversas obligaciones. Se tendrá en cuenta en el año que corresponda, la Ficha de Reconocimiento Médico que debe agregarse al Informe de Calificación. - El mantenimiento del buen físico es el estado físico del militar que presenta un elevado desarrollo en sus funciones cardiovascular y respiratorio completado por una adecuada resistencia muscular y movilidad articular, todo dentro de un perfecto equilibrio psicológico, de modo de permitir el correcto desempeño de sus misiones específicas, ya sea en tiempo de paz o de guerra. - Una de sus verificaciones será la realización obligatoria del Test de Cooper para los grados de Alférez a Coronel inclusive en el mes de octubre de cada año, fiscalizado por un representante de la Dirección de Tiro y Educación Física. Los resultados se deberán agregar al Informe Anual de Calificación y serán considerados como un elemento de vital importancia para determinar la Aptitud Física. - No se tomarán en cuenta los partes de enfermo que sean a consecuencia de accidentes sufridos en Actos del Servicio. A los Oficiales de armas montadas se les considerarán sus condiciones como jinete, equitador, domador y en el manejo y empleo de las armas a caballo.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.