Decreto281-1964·1964

Agricultura. Siembra de especies sacarigenas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de agosto de 1964

Fecha de publicación

18 de agosto de 1964

Texto

Concédese un plazo de cuarenta y cinco días a los plantadores de especies sacarígenas, para cumplir con los requisitos exigidos a los efectos de acogerse a los beneficios de la Ley Nº 11.448 de 12 de junio de 1950.

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