DecretoNº 282-1974·1974
Intervención del centro asistencial quirurgico
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
5 de abril de 1974
Fecha de publicación
24 de abril de 1974
Texto
Interviénese la Institución denominada "Centro Asistencial Quirúrgico", designándose Interventor, quien tendrá a su cargo la dirección y administración provisional del centro asistencial, con facultades suficientes para realizar los cometidos establecidos, quedando separadas provisoriamente de sus cargos durante el período de la intervención, sus actuales autoridades, sin perjuicio de las responsabilidades que le fueran imputables.