Decreto282-1974·1974

Intervención del centro asistencial quirurgico

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de abril de 1974

Fecha de publicación

24 de abril de 1974

Texto

Interviénese la Institución denominada "Centro Asistencial Quirúrgico", designándose Interventor, quien tendrá a su cargo la dirección y administración provisional del centro asistencial, con facultades suficientes para realizar los cometidos establecidos, quedando separadas provisoriamente de sus cargos durante el período de la intervención, sus actuales autoridades, sin perjuicio de las responsabilidades que le fueran imputables.