Decreto283-1970·1970

Tarifas de Aduanas. Fijación de aforos. Lanas. Cueros

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de junio de 1970

Fecha de publicación

22 de junio de 1970

Texto

Mantiénese los aforos fijados para la exportación de productos agropecuarios, lana sucia, lavada y semilavada, cueros lanares secos, cueros vacunos secos, cueros vacunos salados, sebo en bruto, sebo natural, comestible, oleo estearina, astas vacunas, huesos industriales, huesos comunes, mezcla de carne u otros productos triturados, sólidos, cueros lanares pickelados y cueros lanares pelados a estufa.