Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el decreto 355/977, de 22 de junio de 1977.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
17 de agosto de 1983
Fecha de publicación
29 de agosto de 1983
Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el decreto 355/977, de 22 de junio de 1977.
Artículo 2 — Artículo 2
Esta derogación entrará en vigencia en la fecha de publicación de la resolución del Ministerio de Agricultura y Pesca que fije el nuevo valor del registro de plaguicidas.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.