Decreto287-1984·1984

Modificación presupuestal de la Intendencia Municipal de Tacuarembó. Ejercicio 1983

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de julio de 1984

Fecha de publicación

31 de julio de 1984

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la siguiente Modificación Presupuestal para la Administración Municipal de Tacuarembó (Intendencia y Junta de Vecinos) por el Ejercicio 1983, cuyos montos quedan fijados en N$ 151:941.000.00 (nuevos pesos ciento cincuenta y un millones novecientos cuarenta y un mil). Los mismos presentarán la siguiente composición: I) EGRESOS (en miles de N$) Funcionamiento Vigente Proyectado Retribuciones Personales 10:788 26:684 Beneficio y Cargas Sociales 2:167 6:603 Gastos de Funcionamiento 9:446 19:957 ------ ------ Total Operativo 22:401 53:244 Inversiones 84:675 96:802 Junta de Vecinos 565 895 Transferencias 789 1:000 ------- ------- Total General 108:430 151:941 ------- ------- II) INGRESOS (en miles de N$) 1.- Impuestos Vigente Proyectado Contribución Inmobiliaria Rural 10:400 12:700 Contribución Inmobiliaria Urbana 3:514 6:400 A los Remates y Ventas de Semovientes 14:700 23:100 Patente de Rodados 3:289 9:800 Sobre Actividades Industria y Comercio 1:520 1:050 Otros 352 600 2.- Tasas Administrativa General Municipal 530 1:100 Alumbrado y Salubridad 950 2:400 Higiene y Salud 160 300 Bromatológica 480 1:000 Otras 600 1:040 3.- Precios 2:745 6:650 4.- Contribuciones por Mejoras 3:320 7:525 5.- Multas y Recargos 330 2:000 6.- De Origen Nacional Afectación de impuestos 152 102 Otros 53:661 74:824 7.- Otros Recursos Eventuales Extraordinarios 1:068 1:350 ------- ------- Total 97:771 151:941

Artículo 2Artículo 2

De no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Municipal de Tacuarembó deberá tener presente las observaciones formuladas por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el Tribunal de Cuentas.

Artículo 4Artículo 4

La Administración Municipal de Tacuarembó deberá proceder en la próxima Modificación Presupuestal a derogar la tasa por Papel Valorado y a adecuar la tasa por Servicio de Alumbrado Público y Salubridad a una tasa de monto fijo que busque cubrir el costo del Servicio prestado.

Artículo 5Artículo 5

La Administración Municipal de Tacuarembó deberá adecuar todas las disposiciones sobre multas y sanciones a los términos de la ley 14.979, de 24 de diciembre de 1979.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.