Decreto288-1967·1967

Entes Autónomos. Servicios Descentralizados. Contralor

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de mayo de 1967

Fecha de publicación

12 de mayo de 1967

Texto

Dispónese que los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados que se determinan, deberán remitir al Poder Ejecutivo copias testimoniadas de las actas de las sesiones de sus Directorios, o testimonio de los actos o resoluciones de los Directores Generales en su caso.