DecretoNº 289-1969·1969
Medidas prontas de seguridad
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
24 de junio de 1969
Fecha de publicación
27 de junio de 1969
Texto
Dispónense medidas prontas de seguridad para reprimir paros y huelgas en los servicios públicos, prohibiendo toda propaganda oral o escrita sobre los mismos, reuniones que estén vinculadas, y clausurando los locales donde intenten realizarse, interviniendo, de ser necesario, las personas públicas que por sus propios medios no lograran asegurar la regularidad de sus servicios perturbados.