Decreto289-1969·1969

Medidas prontas de seguridad

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de junio de 1969

Fecha de publicación

27 de junio de 1969

Texto

Dispónense medidas prontas de seguridad para reprimir paros y huelgas en los servicios públicos, prohibiendo toda propaganda oral o escrita sobre los mismos, reuniones que estén vinculadas, y clausurando los locales donde intenten realizarse, interviniendo, de ser necesario, las personas públicas que por sus propios medios no lograran asegurar la regularidad de sus servicios perturbados.