Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la reiniciación de los Cursos para Oficiales de Reserva a partir del 1º de marzo de 1980.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
29 de mayo de 1979
Fecha de publicación
11 de junio de 1979
Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la reiniciación de los Cursos para Oficiales de Reserva a partir del 1º de marzo de 1980.
Artículo 2 — Artículo 2
La formación de Oficiales de Reserva será realizada en Montevideo en un Centro de Instrucción para Oficiales de Reserva con un curso común a todas las Armas Combatientes, bajo dependencia de la Escuela de Armas y Servicios. Todas las mencionadas contenidas en el decreto 19.396, del 2 de octubre de 1951 y disposiciones modificativas y concordantes respecto del "Centro General de Instrucción para Oficiales de Reserva" deberán interpretarse en función de lo dispuesto en el inciso anterior. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Los actuales Oficiales y Clases de Reserva de las distintas armas realizarán los Cursos de Pasaje de Grado correspondientes en el Centro de Instrucción previsto en el artículo anterior manteniendo su arma de origen. A los efectos dispuestos en el artículo 65 del Reglamento aprobado por decreto 19.396, del 2 de octubre de 1951 y su modificativo decreto 24.940, del 20 de enero de 1970, no se tendrá en cuenta el período comprendido entre los años 1971 a 1979 inclusive.
Artículo 4 — Artículo 4
Deróganse los decretos 501/971 (25.014), del 10 de agosto de 1971 y 201/973, del 20 de marzo de 1973.
Artículo 5 — Artículo 5
(Transitorio). Cométese a la Dirección de la Escuela de Armas y Servicios la revisión y eventual sustitución de las normas incluidas en el Reglamento General para el Reclutamiento de Oficiales de Reserva aprobado por decreto 19.396, de fecha 2 de octubre de 1951 y modificativos y la redacción de un proyecto de "Organización y Funcionamiento", para el Centro de Instrucción para Oficiales de Reserva, los que deberán ser elevados al Poder Ejecutivo antes del 30 de noviembre de 1979.
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, publíquese y archívese.