Decreto294-1965·1965

Ministerio del Interior. Dirección de Migracion. Recaudación de multas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de junio de 1965

Fecha de publicación

13 de julio de 1965

Texto

Establécese que las multas que imponga la Dirección de Migración a las compañías de transporte de pasajeros y/o carga por infracción a las disposiciones migratorias, serán recaudadas mediante recibos de valores intervenidos por la Contaduría General de la Nación y contabilizadas por el Ministerio del Interior.