Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las tarifas de suministro de gas y demás servicios a cargo de la Comisión Interventora de la Compañía del Gas y Dique Seco de Montevideo Ltda., que regirán a partir del 1.o de mayo de 1977 y que se detallan en el AnexoI, que forma parte de éste decreto.