Decreto299-1973·1973

Importación de fertilizantes. Superfosfato triple

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de abril de 1973

Fecha de publicación

8 de mayo de 1973

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndese el régimen de beneficios a los fertilizantes, establecidos en el artículo 1.o del decreto número 285/973, del 12 de abril de 1973, a las partidas de superfosfato triple que se importen con destino a la asistencia técnica y financiera de la Comisión honoraria del Plan Agropecuario y Banco de la República Oriental del Uruguay, respectivamente.

Artículo 3Artículo 3

Dichos beneficios y los acordados por el decreto N°285/973, serán atendidos con los fondos creados por el artículo 631, de la ley N° 14,106, del 14 de marzo de 1973.