Decreto300-1979·1979

Especificación de los productos que se exceptúan de las exoneraciones de recargo a la importación prevista en el decreto 194/979

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de mayo de 1979

Fecha de publicación

14 de junio de 1979

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Sin texto disponible en la fuente.

Artículo 2Artículo 2

Fíjase un recargo de 30% a la importación de los productos enumerados en el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.-