Decreto301-1981·1981

Bienes del Estado - embarcaciones. Buque Tacoma

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de julio de 1981

Fecha de publicación

17 de julio de 1981

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que el buque "Tacoma" integra el patrimonio de la Nación.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a la Administración Nacional de Puertos a disponer del referido buque, en la forma más conveniente para los intereses de la Nación.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc