Decreto302-1979·1979

Autorización a la Dirección Nacional de Aduanas a Efectuar de oficio la devolución de determinadas sumas percibidas en los permisos de importación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de mayo de 1979

Fecha de publicación

14 de junio de 1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La Dirección Nacional de Aduanas podrá efectuar de oficio la devolución de las sumas percibidas en demasía por concepto de tributos, como consecuencia de la reducción comprobada de los montos imponibles de los respectivos permisos de importación. A tal efecto, adoptará las medidas internas que estime pertinentes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.