Artículo 1
Artículo 1.- Modifícanse los parágrafos 5.2.1.1. y 5.3.3. del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Deportes de las Fuerzas Armadas del Uruguay, aprobado por decreto 141/983, del 15 de abril de 1983, los que quedarán redactados de la siguiente forma: "5.2.1.1. Depende: del Ministerio de Defensa Nacional. 5.3.3. División Administrativa. La Jefatura de esta División será ejercida por un Jefe de la Fuerza entrante a la Presidencia de la Comisión y tendrá a su cargo las tareas de secretaría, inventarios y control del Personal asignado a la Comisión de Deportes de las Fuerzas Armadas."