Decreto305-1975·1975

Aprobación de tarifas de servicios de la planta de lavado y desinfección de vehículos de la Tablada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de abril de 1975

Fecha de publicación

28 de abril de 1975

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Establécese la siguiente tarifa para el servicio que presta la Planta de Lavado y Desinfección de Vehículos de Tablada: A) Camión chico (sin acoplado), $ 9.000. B) Camión con remolque, $ 11.000. C) Camión con zorra, $ 13.000. D) Camión chico (sin acoplado) doble piso, $ 12.000. E) Camión remolque o zorra doble piso, $ 15.000. F) Vagones, $ 9.000.

Artículo 2Artículo 2

Las recaudaciones, por el concepto expresado, serán destinadas a atender los gastos, de toda naturaleza, que demande el funcionamiento y conservación de la Planta.

Artículo 3Artículo 3

Derógase el decreto 381/974, del 16 de mayo de 1974.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.