Artículo 1 — Artículo 1
La Comisión Mixta del Palmar, podrá contraer obligaciones con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras -previa coordinación con los organismos competentes- en cuanto tenga relación directa con el financiamiento o aprovisionamiento de bienes y servicios destinados al Aprovechamiento Hidroeléctrico del Río Negro en Paso Palmar. (*)