Decreto312-1974·1974

Se dispone que el almacenaje y las partidas mensuales por conservación del trigo serán abonadas por el Ministerio de Ganadería y Agricultura

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25 de abril de 1974

Fecha de publicación

6 de mayo de 1974

Texto

Dispónese la forma y el plazo en que serán abonados por el Ministerio de Ganadería y Agricultura, el almacenaje y la partida mensual por conservación del trigo de la cosecha 1973-1974, modificándose el artículo 12 del Decreto 1.017/973.

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