DecretoNº 313-1969·1969
Medios de comunicación. Libertad de prensa. Prohibición
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de julio de 1969
Fecha de publicación
9 de julio de 1969
Texto
Prohíbese la divulgación por la prensa oral, escrita o televisada, de todo tipo de información que directa o indirectamente se refiera a los grupos delictivos que actúan en el país.