Decreto314-1980·1980

Derogación de disposiciones del decreto 280/978 relativo al control del servicio de auxilio judicial que prestan los Defensores de oficio en lo criminal

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de junio de 1980

Fecha de publicación

9 de julio de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Deróganse los artículos 2º y 3º del decreto 280/978 de fecha 23 de mayo de 1978.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Justicia adoptará las medidas pertinentes a efectos de fiscalizar la puntual y debida asistencia judicial que, en el desempeño de sus cargos, deben prestar los Defensores de Oficio en lo Criminal.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.