Artículo 1 — Artículo 1
Excepciónase del régimen establecido en el decreto 386/969, de 12 de agosto de 1969, a los nacionales o ciudadanos de la República de Nicaragua.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de agosto de 1984
Fecha de publicación
21 de agosto de 1984
Artículo 1 — Artículo 1
Excepciónase del régimen establecido en el decreto 386/969, de 12 de agosto de 1969, a los nacionales o ciudadanos de la República de Nicaragua.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.