Decreto318-1981·1981

Modificación de escala de derechos de la Dirección de la Propiedad Industrial

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de julio de 1981

Fecha de publicación

23 de julio de 1981

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse los siguientes derechos por la tramitación de marcas, patentes de invención y patentes de modelos de utilidad y de modelos o diseños industriales, en la Dirección de la Propiedad Industrial: A) Marcas: N$ ______ Por registro Primario y por cada clase de la nomenclatura ........................... 240.00 Por renovación de registro y por cada clase de nomenclatura ........................ 610.00 Por inscripción de transferencia y por cada clase de nomenclatura .................. 610.00 Cambio de nombre y por cada clase ......... 100.00 Cambio de domicilio y por cada clase ...... 100.00 Testimonio de certificado por foja ....... 100.00 Oposiciones por cada clase ............... 610.00 Tasa de presentación ..................... 20.00 B) Patentes de invención: N$ _______ Posición ........................................... 610.00 Cambio de nombre .................................... 100.00 Cambio de domicilio ................................. 100.00 Testimonio .......................................... 240.00 Certificado por foja ................................ 100.00 C) Patentes de modelos de utilidad y modelos o diseños industriales: N$ _______ 1° a 5° anualidad .................................. 60.00 Renovación: 6° a 10° anualidad ..................... 100.00 Presentación de solicitud .......................... 240.00 Oposición .......................................... 610.00 Transferencia ...................................... 410.00 Cambio de nombre ................................... 100.00 Cambio de domicilio ................................ 100.00 Testimonio ......................................... 240.00

Artículo 2Artículo 2

Las solicitudes de renovación de marcas no podrán presentarse antes de los seis meses de la fecha de vencimiento del plazo de extinción del registro.

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc. -