Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas(*) de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrá vigencia a partir del 1.o de mayo de 1979:
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
5 de junio de 1979
Fecha de publicación
3 de julio de 1979
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas(*) de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrá vigencia a partir del 1.o de mayo de 1979:
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-