Decreto32-1974·1974

Fijación de porcentaje de IVA para la venta de productos porcinos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de enero de 1974

Fecha de publicación

24 de enero de 1974

Texto

Fíjase que las ventas de productos porcinos, exceptuadas la de carne fresca, estarán gravadas por el Impuesto al Valor Agregado en una tasa del cinco por ciento.