DecretoNº 32-1974·1974
Fijación de porcentaje de IVA para la venta de productos porcinos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de enero de 1974
Fecha de publicación
24 de enero de 1974
Texto
Fíjase que las ventas de productos porcinos, exceptuadas la de carne fresca, estarán gravadas por el Impuesto al Valor Agregado en una tasa del cinco por ciento.