Decreto320-1978·1978

Fijación de tarifas para los servicios que presta el centro de investigaciones veterinarias Miguel C. Rubino

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de junio de 1978

Fecha de publicación

14 de junio de 1978

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse, para los distintos servicios que presta el Centro de Investigaciones Veterinarias "Miguel C. Rubino", las siguientes tarifas: Antígenos y Reactivos Antígeno de Hudleson, el ml.: N$ 4.50. Antígeno Pullorum, el ml.: N$ 3.50. Tuberculina diluida, el ml.: N$ 3.00. Reactivo California para mastitis, el lt.: N$ 25.00. Antígenos diversos De agua para habilitación: N$ 25.00. Análisis de raciones: N$ 100.00. Diagnóstico serológico de brucelosis para exportaciones, cada muestra: N$ 2.00. Prueba de Coggins para Anemia Infecciosa Equina, cada una: N$ 15.00. Apicultura Celda real operculada: N$ 5.00. Estampado de cera, el kg.: N$ 2.50. Cera estampada de producción del centro, el kg.: nuevos pesos 30.00. Núcleos de abejas (3 cuadros): N$ 75.00. Reinas criollas: N$ 16.00. Premunición Cada dosis: N$ 5.00.

Artículo 2Artículo 2

Derógase el decreto 704/976, de 27 de octubre de 1976.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-