Decreto321-1982·1982

Fijación de precios de combustibles de ANCAP. Junio 1982

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de setiembre de 1982

Fecha de publicación

14 de setiembre de 1982

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse los siguientes precios de venta fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland los que entrarán en vigencia con retroactividad a la hora cero de día 10 de junio de 1982: - Fuel-oil pesado (UTE) N$ 1.830.00 por mil litros - Fuel-oil especial (UTE) N$ 2.537.00 por mil litros

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-

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