Decreto322-1984·1984

Aprobación del PLAN de inversiones públicas de UTE. Ejercicio 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de agosto de 1984

Fecha de publicación

17 de agosto de 1984

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Plan de Inversiones del Inciso 61 "Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas" para 1984 y años siguientes con la apertura a nivel de proyectos, fuentes de financiamiento, rubros y gastos en moneda extranjera que se detallan en los Cuadros 1, 2 y 3<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forman parte de este decreto.(*)

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá ejecutar hasta un monto máximo de N$ 2.210:000.000 (nuevos pesos dos mil doscientos diez millones) a precios corrientes de 1984 del monto total de inversiones establecido en los cuadros del anexo referido en el artículo anterior.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá comprometer en 1984 inversiones a ejecutar en futuros ejercicios, si el monto máximo que se prevé ejecutar en cada uno de los años no supera el monto máximo autorizado a ejecutar en el presente ejercicio.

Artículo 4Artículo 4

Las asignaciones presupuestales que se aprueban por este decreto se regirán por las normas y definiciones establecidas por el decreto 84/984, de 1º de marzo de 1984, salvo lo establecido en el artículo siguiente.

Artículo 5Artículo 5

Las partidas asignadas a los rubros 0 "Retribuciones básicas de cargos permanentes" y 1 "Cargas legales sobre servicios personales" del Clasificador por objeto del gasto público aprobado por el decreto 499/982 del 30 de diciembre de 1982, están calculados a precios corrientes de 1984.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.